22 de diciembre de 2008

Primer Egreso de la Comunidad Terapéutica Identidad Sur




(Texto de Roberto Hofer. La Prensa Austral)
La vida está llena de oportunidades y sólo depende de cada uno el llegar a aprovecharlas. Juan Andrés Vera, de 18 años, estuvo a punto de perderlo todo. Una buena decisión bastó para salvarle la vida. Y también el amor de su familia y de quienes le tendieron una mano. El 7 de noviembre de 2007, el joven llegó hasta la Comunidad Terapéutica Identidad Sur, en el Km. 65 Sur, ubicada al amparo de un tupido bosque de lenga, en el sector del río San Juan. Hermy Pinto, madre del hoy egresado, siente que le debe la vida a muchas personas, entre ellas el sacerdote Jorge Teneb, quien la aconsejó en esta decisión. Y al psiquiatra Juan Vukusic, por ordenar su hospitalización judicial y derivarlo a su colega Jorge Amarales, jefe técnico del centro. Este le sugirió seguir tratamiento en San Juan y su apoyo ayudó a que su hijo llegara a término y sin recaídas dentro del tratamiento. Esto incluso marca una diferencia entre la vida y la muerte, al recordar el caso de un joven fallecido en septiembre pasado. “Como familia nos tocó vivir un mundo de incertidumbre, tinieblas, tormentas y tempestades, era como estar en un túnel oscuro y sin salida”, expuso. Después de un año, llegarían la calma y la luz, a través de “un milagro”. Juan Andrés pasó por episodios de agresividad y rebeldía por su adicción. Este llegó a levantarle la mano a su madre. “Ahora tengo un hijo maravilloso, tierno, comprensivo, responsable y obediente, lo veo y no lo creo. La rehabilitación existe”, agregó.

PRIMER EGRESO
Yanet Cárcamo, directora de la comunidad terapéutica, indicó que este proyecto partió en mayo de 2007, empezando a recibir a los adolescentes (de 14 a 18 años) derivados del Tribunal de Familia, en régimen residencial y voluntario. Pese a tener una cobertura para 10 jóvenes, hoy albergan a 12 (incluyendo un caso derivado de Coihaique) y con una lista de espera. Si abrieran espacio también a las mujeres ya habría unos 20 usuarios en tratamiento. Pese a recibir aportes del Ministerio de Salud, Sename y Conace, señaló que el Estado aún no ha podido darles todos los recursos que realmente se necesitan para dar el apoyo requerido a los jóvenes que sufren este gran flagelo. Con voluntad y recursos, éste “es abordable y atendible”. Un primer egresado exitoso implica tener un joven que cumplió con todas las etapas que exige el proceso de tratamiento, con un proyecto de vida fuera de la residencia, inclusive trabajo. Claro que la recuperación de adolescentes con consumo problemático de alcohol y sustancias es un proceso difícil, que requiere de gran intensidad en la intervención y un trabajo día a día con ellos. Muchas veces incluso se debe luchar contra el entorno social. Dentro de 60 días esperan poder tener un segundo egreso exitoso, fruto de un trabajo constante y estructurado en equipo (psiquiatras, asistentes sociales, monitores y técnicos de rehabilitación en drogas), y en el cual concurren la voluntad del adolescente y la familia para salir del problema. Al no ser un claustro, a medida que sortean etapas pueden optar a salidas a sus hogares, colegios y trabajos, siempre que vayan haciendo méritos. Cuando no está en condiciones de salir, se les lleva a la familia.

FORTALECIDO
Con un pronóstico bastante negativo, Juan Andrés llegó a la comunidad. Al principio no quería aceptar el tratamiento, pero en el camino fue tomando conciencia. Pese a no querer ser fotografiado, hoy se ve fortalecido, habilitado para enfrentar la vida. El empezó a los 13 años con el alcohol y luego vinieron los solventes y la marihuana, para terminar con una poliadicción y consumo abusivo. Distintas cosas gatillaron su problema. El no culpa a nadie más que a sí mismo por lo sucedido. Los recuerdos son lo más penoso que arrastra (era muy agresivo). Incluso cayó en el hospital con hemorragias a causa de ingerir fármacos con alcohol. Tuvo un lapso en que se comenzó a hinchar y subió 25 kilos. Sintió marginación en el colegio e incluso hasta hoy el pasado le pesa, pues hay quienes lo juzgan por eso y creen que él siempre será un drogadicto, aun cuando haya sido capaz de finalizar su 4º medio estando internado.

DESPEDIDA
Una cálida y emotiva ceremonia selló este histórico momento, que incluyó la proyección de un video de la comunidad. En ella, Yanet Cárcamo resaltó este primer egreso como un hito para la comunidad de Magallanes, ya que “es posible recuperar a jóvenes que han tenido este problema”. Enfatizó el apoyo fundamental de las familias, además del de varios otros actores en este trabajo. Jürgen Hener, técnico en rehabilitación de drogas y coordinador de la comunidad, recordó cuando hace casi 13 meses Juan Andrés llegó a San Juan, hecho que también coincidió con su arribo desde Iquique, donde él trabajo con jóvenes adictos a las drogas. Repasó aquellos momentos en que el joven intentó regresar a su casa (ninguno está obligado a permanecer), pero al final por algún motivo no se iba. Con el tiempo, llegaría a transformarse en un gran apoyo para sus pares y en un líder dentro de la comunidad. Incluso aquí logró finalizar sus estudios por iniciativa propia. Más tarde, sus compañeros corearían, a modo de compromiso, la filosofía de la comunidad ante el egresado. Este momento fue tan significativo como las canciones que entonó su monitor Arturo Risco, una de ellas dedicada al joven. O las sentidas palabras de César Montiel, director regional del Sename, quien señaló que “cuando se pierde la vida de un niño se pierde una generación”, mientras que cuando se salva una vida se preserva una historia completa. Al término del acto, Juan Andrés recibió una tablilla con su nombre y data de permanencia en San Juan, que colgó simbólicamente en un árbol como el primero que deja la comunidad. En todo caso, las puertas quedaron abiertas para él y su familia, y seguirá en acompañamiento.

18 de diciembre de 2008

VISITA A LA GRANJA AUSTROZOO



EL CENTRO JUAN WESLEY SE ADJUDICO UN PROYECTO DE JUNAEB PARA VISITAR LUGARES ATRACTIVOS DE LA REGIÓN EN LA MODALIDAD DE ACTIVIDADES CULTURALES, POR LO CUAL EL DIA 17 DE DICIEMBRE 120 NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES ASISTIERON A LA ACTIVIDAD EN DONDE PUDIERON CONOCER LA FLORA Y FAUNA DE NUESTRA REGIÓN, ADEMAS COMPARTIERON UNA RICA ONCE CAMPESTRE.
EN ESTA ACTIVIDAD ESTUVIMOS ACOMPAÑADOS POR LA DIRECTORA REGIONAL DE JUNAEB, ENCARGADO NACIONAL DE ACTIVIDADES RECREATIVAS Y PROFESIONALES DE ESA INSTITUCIÓN.

17 de diciembre de 2008

PROYECTO CINE CENTRO JUAN WESLEY-JUNAEB











El Centro Juan Wesley postuló a un proyecto de la JUNAEB para financiar actividades recreativas para niños, niñas y jovenes de la comunidad.
Nos adjudicamos proyecto de la linea de acción Cine para estudiantes , en el cual participaron más de 560 niños, niñas y jovenes de los estableciminetos educacionales: Escuela 18 de septiembre, Escuela hernando de Magallanes, Escuela Manuel Bulnes,Escuela Padre Alberto Hurtado, Liceo Sara Braun, Liceo Maria Behety de Menendez y los niños del centro juan wesley.
Estas Actividades se desarrollaron desde el 24 de noviembre al 10 de diciembre con un total de 7 funciones. En cada actividad los niños, niñas y jovenes eran trasladados desde su establecimiento educacional hacia la sala estrella en donde recibian una colación antes de ver la pelicula.
Fue todo un exito esta actividad que contó además con la participación de profesores en cada función.
Gracias a todos los que hicieron posible esta actividad.

VISITA DE PROFESIONALES DE SALUD AL CENTRO JUAN WESLEY







Los profesionales del consultorio 18 de septiembre, medicos, matrona, asistente social, psicologa, dentista y nutricionista nos visitaron para conocer la realidad en temas de salud de nuestros niños, niñas y jovenes.



Ambas instituciones acordaron un trabajo en conjunto por el bienestar de todos los beneficiarios directos e indirectos de nuestro centro.

ENCUENTRO COMUNITARIO DE FUTBOL







El centro preventivo comunitario Juan Wesley el dia 01 de diciembre llevo a cabo un encuentro comunitario de futbol con diversos equipos de futbol de niños y jovenes pertenecientes a diferentes escuelas del sector 18 de septiembre. En este encuentro participaron alrededor de 100 niños entre participantes y publico en general.

15 de diciembre de 2008

5ta. Marcha de los Derechos del Niño y Niña en Porvenir







El Día jueves 11 de diciembre ser realizó la 5ta marcha por los Derechos de los Niños y Niñas en la ciudad de porvenir, provincia de Tierra del Fuego organizada por el PIB Tomás Apostol (Programa de Intervención Breve subvencionado por SENAME pertenenciente a la Fundación Esperanza) de esa ciudad. Concurrieron los Colegios Y Jardines infantiles quienes marcharon por el centro de la ciudad terminando en una muestra realizada por los Servicios de la Comuna entre ellos Bomberos, Gobernación Marítima, Samu, Carabineros, Municipalidad de Porvenir, etc. que mostraron a los niños y niñas las herramientas y vehículos que utilizan durante su labor. Así mismo se premiaron a los niños y niñas que resultaron ganadores en un concurso de dibujos organizado por la "Red por el buen trato y prevención de la violencia intrafamiliar".

10 de diciembre de 2008

A 60 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos


Declaración Universal de los Derechos humanos

Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General
proclama la presente
Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

5 de diciembre de 2008

Encuentro comunitario del PPC Yoppen







El día domingo 30 de noviembre en la Población Cardenal Raúl Silva H. se realizó un encuentro comunitario organizado por el PPC Yoppen donde se presentaron números artísticos, se premiaron distintas actividades realizadas por los niños, niñas y adolescentes que participan del centro y varias instituciones públicas entregaron información importante para los vecinos. Entre las instituciones que participaron fueron : HABILIDADES PARA LA VIDA - SEREMI DEL TRABAJO - PREVIENE - PAI ADULTO - OPD - PLAN COMUNAL DE SEGURIDAD PUBLICA, I. MUNICIPALIDAD DE P. ARENAS - SENAME - RENACE - IND - SEREMI DE SALUD - MUTUAL DE SEGURIDAD - CARABINEROS DE CHILE - AGRUPACIÓN AKAINIK - JARDIN INFANTIL VILLA AUSTRAL - ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES CENTRO YOPPEN - PPC YOPPEN.

Seremi del Trabajo en el CIP-CRC


Una importante charla sobre la Reforma Previsional realizaron profesionales de la Seremi del Trabajo a los adolescentes internos en el CIP-CRC de Punta Arenas. Rolando Negrete y Patricia Roldan expusieron sobre esta importante reforma del Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, que junto con preocuparse por garantizar un ingreso mínimo para aquellas personas que no cotizaron o no aportaron lo suficiente al sistema previsonal para obtener una jubilación, la Reforma Previsional beneficiará a quienes trabajan y cotizan, para que logren una mejor pensión. La Ley 20.255 es un avance sustantivo en la promoción del empleo decente, en el fomento de la asociatividad de los trabajadores, en incentivar el ahorro y la empleabilidad de los jóvenes.